Presidente:
Dr. Germán Viale
Secretario:
Dr. Pablo Rotella
Integrantes:
- Dra. Aquino, Gabriela
- Dr. Barbieri, Pablo
- Dra. Cubecino, Adriana
- Dr. Gorodischer, Sergio
- Dr. Holm, Marcos Gustavo
- Dr. Guyot, Juan Pablo
- Dr. Vedoya, Santiago
- Dr. Zanotti, Gerardo
Subcomité de Servicios:
- Dr. Boucher, Oscar
- Dr. Grab, Eduardo
- Dr. Turco, Martín
- Dr. Vittar, Mauricio
- Dr. Rodriguez, Facundo
Ex Presidentes Colaboradoras:
- Dra. Dohmen A. Lucía
- Dra. Reciniello Silvia
Secretaria: Sra. María Laura Beltramino
Tel: (011) 4801-2320. Int 362 – Horario de atención: Lunes a Viernes de 11 a 19 hs.
e-mail: especialista@aaot.org.ar
FECHAS de RECERTIFICACIÓN 2021
La inscripción se encuentra ABIERTA
Envío de antecedentes en AAOT: La recepción de documentación se realiza en forma digital de la siguiente manera:
1- Descargar la Planilla Puntaje para la Recertificación (DECLARACION JURADA)
SÓLO SE ACREDITARÁ PUNTAJE POR LA ACTIVIDAD INMEDIATA DEL ÚLTIMO QUINQUENIO POSTERIOR A LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE ESPECIALISTA EXPEDIDO POR LA AAOT O DE LOS ÚLTIMOS 5 (CINCO) AÑOS CALENDARIO POSTERIORES A SU ÚLTIMA RECERTIFICACIÓN). En este caso desde el año 2015 en adelante
2. Ordenar según esta planilla los certificados a presentar, colocando a cada uno el ítem al que corresponde. (POR EJ.: DONDE DICE 3.8.3 “ASISTENCIA A CONGRESOS DE LA ESPECIALIDAD ORGANIZADOS POR AAOT”: DICHO CERTIFICADO NOMBRARLO COMO 3.8.3; SI TIENE MÁS DE UNO 3.8.3.2016; 3.8.3.2017)
3. Escanear en dicho orden, guardando cada uno en formato .jpg. nombrarlo según al item que corresponda, junto a su apellido y la palabra recertificación. (EJ.: 3.8.3 GOMEZ RECERT)
4. Enviar dichos documentos en orden a certificacionesaaot@gmail.com Puede ser necesario enviar mas de un e-mail.
5. Inscribirse
Se informa que por norma del Ministerio de Salud de la Nación que la Ley Nº 17.132, modificada en por la Ley N° 23.873, establece la obligatoriedad de la recertificación cada 5 años: Tendrá un plazo de vigencia de CINCO (5) años la autorización oficial para anunciarse como
Especialista a través de los certificados que otorga este Ministerio para médicos y odontólogos en el marco de la Ley N° 23873, modificatoria de la Ley N° 17132.
Lo dispuesto por el artículo precedente no tendrá efecto sobre los certificados ya dispensados por el Ministerio con anterioridad a la entrada en vigor de la presente,
Artículo 3°: Exceptuase de la obligación de renovar la autorización oficial para anunciarse como especialista dispuesta por el artículo 1° a.:
· Aquellos profesionales que cuenten con más de veinte (20) años de autorizados a anunciarse en la especialidad.
· Aquellos profesionales mayores a cincuenta y cinco (55) años de edad.
· Aquellos profesionales que hubieren renovado la autorización oficial para anunciarse como especialista por cuarta vez.
CATEGORIAS DE RECERTIFICACIÓN
De 070 a 199 Puntos: Especialista RECERTIFICADO
De 200 a 299 Puntos: Especialista RECERTIFICADO CALIFICADO
Más de 300 Puntos: Especialista RECERTIFICADO CONSULTOR
Quienes accedan a la categoría de Especialistas RECERTIFICADOS CONSULTORES, mantendrán la misma con sólo acreditar por escrito que continúan ejerciendo la especialidad.
Solo se podrá presentar documentación correspondiente a actividad realizada los últimos 5 años recomendando especialmente:
• Participación Congresos Argentinos de Ortopedia y Traumatología de la AAOT
• Participación Congresos Argentinos de Sociedades Huéspedes de la AAOT
• Participación en Cursos Oficiales de Recertificación de la AAOT (ver dentro de “Auspicios y categorizaciones” click aquí)
• Participación en Curso Oficial del Comité de Investigaciones de la AAOT (ver aquí)
En el caso de requerir ascender de categoría:
a)-de Re certificado a Re certificado Calificado: deberá sumar 100 puntos.
b)-de Re certificado Calificado a Re certificado Consultor: deberá sumar 100 puntos
Fecha de Cierre de la inscripción On Line y de la Recepción de Antecedentes en AAOT: 30 de septiembre